4- Prepagos y abonos
Crédito Factura
El prepago se produce cuando los solicitantes pagan anticipadamente la totalidad del crédito que han solicitado. Además del capital, la empresa debe pagar los intereses comprometidos en el tiempo de duración que lleva el crédito, y los intereses por prepago (multa).
La fórmula para calcular la multa es la siguiente:
La magnitud de intereses por prepago o multa que debe pagar el solicitante depende de los días de multa, que se entienden como la diferencia entre el 70% del plazo del crédito y el día en que se prepaga el crédito. Por ley, se fijan como máximo 30 días de multa. A continuación, algunos ejemplos:
Si el crédito tiene un plazo de 100 días y se decide prepagar al día 36, el solicitante debe pagar 30 días de multa, ya que la diferencia entre el 70% (70 días) y 36 es mayor a 30.
Ahora, si el crédito tiene un plazo de 100 días y se decide prepagar al día 45, el solicitante debe pagar 25 días de multa, ya que la diferencia entre el 70% (70 días) y 45 es 25.
Finalmente, si el crédito tiene un plazo de 100 días y se decide prepagar al día 80 (mayor al 70%) no existirán intereses por prepago o multa y el solicitante tendrá que pagar el capital más los intereses hasta esa fecha.
Con respecto al abono, éste se produce cuando los solicitantes pagan una parte de lo solicitado o adeudado y se pagará a los inversionistas de acuerdo a la misma política de prepago. Además, a cada abono o pago parcial realizado en el crédito se le debe descontar el cobro por administración por parte de Cumplo, el cual sigue la misma línea adoptada con respecto al prepago, este cobro varía según el capital y duración del crédito.
Para conocer mas detalles de este cobro, haz click aquí.
Crédito Capital de Trabajo
Créditos menores a 5 mil UF
De acuerdo a las leyes vigentes, los solicitantes de créditos menores a 5.000 UF siempre tendrán derecho a prepagar sus créditos de manera parcial o total, en cualquier momento, directamente desde la plataforma.
El total del monto de prepago se calcula de la siguiente manera:
*El cobro de prepago es el equivalente a un mes de intereses pactados, calculados sobre el capital que se prepaga.
El cobro por uso de nuestra plataforma al inversionista se realizará de la misma manera que una cuota normal de ese crédito, mientras que los intereses que genera el cobro de prepago irán directamente en beneficio del inversionista.
Créditos mayores a 5 mil UF
En caso de operaciones de crédito superiores a 5 mil UF, o cuando el importe del pago anticipado sea inferior al 25% del saldo insoluto de la deuda, se requerirá siempre el consentimiento de los inversionistas. Si el crédito se encuentra en mora, el prepago (total o parcial) debe incluir el pago de todas las cuotas morosas, con sus multas respectivas.
Pago parcial del prepago
En caso de optar por la opción de prepago total o parcial de la deuda, teniendo la autorización de los inversionistas (en caso de ser necesario), el solicitante deberá pagar:
Además, se sumará un cobro de prepago equivalente a un mes de intereses pactados, calculados sobre el capital que se prepaga.